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II. PLAN DE EMIGRACION DEL GOBIERNO DEL
PRINCIPADO DE ASTURIAS 2001 – 2003
El Gobierno del Principado de Asturias, consciente de que una gran
parte de nuestros emigrantes y sus descendientes se encuentran en
situaciones de necesidad, entendida ésta bajo varios aspectos,
como son la dificultad de acceso a los servicios de salud, el escaso
poder adquisitivo que conlleva unas pensiones de jubilación
muy escasas y totalmente insuficientes (en muchos de los casos,
inexistentes), y a las constantes crisis económicas de los
países donde la emigración asturiana ha tenido mayor
concentración, ha elaborado un Plan de Emigración
donde se recoge todo un conjunto de programas dirigidos a atender
estas necesidades sociales.
En esta línea de actuación,
se desarrolla el Programa “MÁS CERCA DE ASTURIAS”,
a través del cual se dispone de Oficinas para la información,
tramitación, asesoramiento y apoyo a los/as asturianos/as
que residen en Argentina, Venezuela y Cuba, por ser países
con mayor número de emigrantes y mayor crisis socio-económica.
El objetivo de dicho programa es canalizar las demandas, conocer
la situación de los asturianos residentes en estos países
y arbitrar modelos de intervención acordes con las realidades
sociales existentes en los mismos.
Oficina de Información de
la Consejería de Asuntos Sociales en Argentina:
C/ Solís, 475/85 Buenos Aires - 1078 Argentina
(00 5411) 43 83 51 22 / (00 5411) 43 83 35 77
(00 5411) 438 10 654
Oficina de Información de la Consejería
de Asuntos Sociales en Cuba:
Paseo de J. Martí, 309 – Esquina Virtudes y Prado
Habana Vieja – Cuba
(00 537) 62 36 26 33 84 63
Oficina de Información de la Consejería
de Asuntos Sociales en Venezuela:
Carretera Vieja de las Minas de Baruta, entre Km 4 y 5
Quinta Covadonga – Caracas – Venezuela
(00 58212) 945 58 53
(00 58212) 945 51 53
A.- Programas de apoyo social y cultural
Con carácter anual, la Consejería
de Asuntos Sociales del Principado de Asturias realiza una convocatoria
de ayudas dedicadas a los emigrantes asturianos y/o descendientes,
para:
1. Cubrir
necesidades básicas como: manutención, alojamiento,
asistencia, situaciones de precariedad derivadas de crisis socio-económicas...
2. Ayudar en los gastos extraordinarios
derivados del retorno que afecten a él y sus familiares.
3. Proporcionar alojamiento
y atención a personas mayores emigrantes asturianos retornados
o residentes en países de Iberoamérica.
4. Proporcionar alojamiento
y atención a personas mayores emigrantes asturianos/as residentes
en países de Iberoamérica.
5. Ayudas a la cobertura de
atención sanitaria a emigrantes que no dispongan de recursos
económicos.
6. Facilitar el acceso a la
vivienda a los emigrantes que deseen retornar a Asturias.
7. Participación en los
programas “Añoranza” y “Raíces”,
destinados a facilitar a los asturianos y descendientes de emigrantes
asturianos residentes en el exterior, el conocimiento y reencuentro
con la sociedad asturiana.
8. Participar en los cursos
que organiza la Escuela de Verano de Asturianía para el conocimiento
de la Asturias actual, a descendientes de asturianos de la emigración.
1. Para situaciones de necesidad o especial dificultad para Emigrantes
Asturianos
Destinada a cubrir las necesidades
básicas de manutención, alojamiento, asistencia sanitaria...
se conceden ayudas individuales de carácter social y sanitario
a asturianos residentes en el extranjero.
Estas ayudas son directas, de carácter individual, personal
e intransferible, no periódico y extraordinario y sólo
podrán adjudicarse a un miembro de la unidad familiar.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Aquellos que no estén en edad de jubilación por
ancianidad y no sean beneficiarios de pensiones procedentes del
estado español.
- Que presenten situaciones de invalidez o enfermedad permanente.
- Que estén en situaciones extraordinarias y/o de urgente
necesidad.
- Que sufran situaciones de precariedad en países en crisis
económica.
Es imprescindible:
- Tener la nacionalidad española.
- Ser natural de Asturias, o descendientes de asturianos, en primer
grado de consanguinidad.
- Ser mayor de edad.
- Tener residencia en Países Iberoamericanos (o ser reciente
retornado a Asturias).
- Carecer de bienes e ingresos, ayudas públicas o privadas,
que no cubran necesidades básicas.
¿Dónde debo
dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales
(Anexo I)
- Oficinas de Información de los Centros Asturianos en Argentina,
Cuba y Venezuela: en el Anexo I
- Centros Asturianos en el extranjero: en el Anexo VI
2. Para Emigrantes Asturianos Retornados
Destinada a ayudar en los gastos extraordinarios
derivados del retorno, que afecten al solicitante o sus familiares,
no considerándose como tales los ocasionados por compraventa
de inmuebles o el traslado de enseres y ajuar.
¿Quiénes
pueden solicitar esta ayuda?
- Emigrantes asturianos retornados definitivamente, familiares y
descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que ostenten
la nacionalidad española y que hayan regresado a Asturias
como máximo 2 años antes de la presentación
de la solicitud para la ayuda.
- Emigrantes asturianos que se encuentran temporalmente en España,
y sus familiares, siempre que el motivo de la solicitud se haya
producido aquí, con los mismos requisitos que en el apartado
anterior.
- Familiares del emigrante que se encuentren temporalmente en Asturias.
(Cuando los solicitantes formen parte de una misma unidad familiar
únicamente será beneficiario uno de los miembros de
la misma).
¿Dónde
debo dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
3. Para ofrecer cobertura residencial a
personas mayores emigrantes asturianos retornados al Principado
de Asturias o que deseen retornar, prestándoles alojamiento
y residencia.
Los objetivos de este programa son los siguientes:
- Proporcionar cobertura residencial a personas mayores de 65 años
emigrantes asturianos retornados al Principado de Asturias o que
deseen retornar, prestándoles alojamiento y asistencia.
- Facilitar instrumentos para mejorar la calidad de vida y bienestar
de los emigrantes retornados o que deseen retornar.
¿Quiénes
pueden solicitar esta ayuda?
- Los emigrantes asturianos, que retornen al Principado de Asturias
o deseen retornar, que además:
- Sean mayores de 65 años.
- Pensionistas mayores de 60 años.
- Pensionistas mayores de 50 años, con incapacidad física,
psíquica o social.
¿Dónde debo
dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales
(Anexo I)
E.R.A. (Anexo I)
- Teléfono de información general de las Embajadas
de España en el extranjero (Anexo III)
4. Para la prestación de alojamiento
y asistencia a personas mayores emigrantes asturianos residentes
en el extranjero
Los objetivos de este programa son los
siguientes:
- Proporcionar cobertura residencial a personas mayores emigrantes
asturianos residentes en el extranjero, en concreto en Hispanoamérica,
prestándoles alojamiento y asistencia.
- Facilitar instrumentos para mejorar la calidad de vida y bienestar
de los emigrantes asturianos en el extranjero.
- Ampliar los dispositivos de atención del Programa Residencial.
- Ofrecer alternativas de diversificación del Programa Residencial.
Requisitos para acceder
a la prestación:
- Personas mayores de 65 años, pensionistas mayores de 60
años o pensionistas mayores de 50 años, que presenten
una incapacidad física o psíquica, cuyas circunstancias
personales, familiares o sociales aconsejen el acceso al Programa.
- Ser emigrante asturiano o descendiente de emigrante asturiano,
residente en Hispanoamérica.
¿Dónde
debo dirigirme?
- Oficinas de Información de los Centros Asturianos en Argentina,
Cuba y Venezuela: en el Anexo I
- Centros Asturianos en el extranjero: en el Anexo VI
Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Direcciones de Embajadas y Consulados en el extranjero ( Anexo
III)
5. Para la Cobertura de Atención Sanitaria a Emigrantes Asturianos
en el Extranjero que no dispongan de recursos económicos.
En general, tendrán carácter
individual, si bien se podrá colaborar con ayudas a programas
y planes de atención sanitaria presentadas por las instituciones
y asociaciones o entidades de emigrantes asturianos, sin ánimo
de lucro y que vayan dirigidos a la protección de los mismos.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Los que tengan la condición de asturiano, y a su vez carezcan
de medios suficientes en los términos previstos en el programa.
¿Dónde
debo dirigirme?
- Oficinas de Información del Principado de Asturias ubicadas
en los Centros Asturianos en Argentina, Cuba y Venezuela (Anexo
I)
- Centros Asturianos en el extranjero (Anexo VI)
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Direcciones de Embajadas y Consulados en el extranjero (Anexo
III)
6. Para el acceso a Viviendas de Protección
Social
Facilitando su acceso a los emigrantes que deseen
retornar a Asturias y carezcan de cobertura económica para
afrontar los gastos de alojamiento o adquisición de vivienda.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
- Los emigrantes que deseen retornar a Asturias y carezcan de cobertura
económica para afrontar gastos de alojamiento o adquisición
de vivienda.
- Los repatriados que hayan abandonado el Principado de Asturias
durante su minoría de edad por causas políticas.
- Los Asturianos que residan en el extranjero por motivos de trabajo,
y deseen retornar.
¿Dónde
debo dirigirme?
Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
VIPASA – Viviendas del Principado SA – (Anexo I)
7. Para la Participación en los Programas de Estancia Temporal
Añoranza y Raíces Destinada
a facilitar a los asturianos y descendientes de emigrantes asturianos
residentes en el exterior, el conocimiento y reencuentro con la sociedad
asturiana. Estos dos programas se desarrollarán de forma colectiva,
no individualmente. - El programa RAICES
facilita a los descendientes de emigrantes asturianos residentes
en el exterior, el contacto con la realidad asturiana, mediante
su participación en programas de estancia en Asturias.
- El programa AÑORANZA facilita
a los emigrantes asturianos mayores de 65 años, que no hayan
retornado a Asturias en el plazo de 20 años, el reencuentro
con la sociedad asturiana, organizando su traslado y estancia a
Asturias. (Excepcionalmente podrán admitirse solicitudes
de personas que no hayan cumplido los 65 años y que no hayan
visitado Asturias en un plazo de 30 años)
¿Quiénes pueden solicitarla?
- Para el programa RAICES:
- Los descendientes de emigrantes asturianos, siempre que residan
en el extranjero- Para el programa AÑORANZA:
- Los nacidos en Asturias que tengan más de 65 años
y que no hayan regresado a Asturias 20 años antes de la fecha
de solicitud del viaje.
- Los nacidos en Asturias que tengan menos de 65 y que no hayan regresado
a Asturias 30 años antes de la fecha de solicitud del viaje.
¿Dónde
debo dirigirme?
- Oficinas de Información del Principado de Asturias ubicadas
en los Centros Asturianos en Argentina, Cuba y Venezuela (Anexo
I)
- Centros Asturianos en el extranjero ( Anexo VI)
Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Direcciones de Embajadas y Consulados en el extranjero: en el
Anexo III.
8. Para participar en los Cursos de
la Escuela de Verano de Asturianía
La Escuela de Asturianía
está destinada a emigrantes asturianos y sus descendientes
para facilitarles el conocimiento de la cultura tradicional asturiana
y de la Asturias actual, con el objetivo de servir de formadores
en las distintas Comunidades.
Se subvencionan los gastos de participación en estos cursos
¿Quiénes pueden solicitarlo?
- Los asturianos/as o descendientes de asturianos mayores de 18
años, miembros en activo de grupos de baile o música
tradicional asturiana de las Colectividades del Exterior.
¿Dónde
debo dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Oficina de Relaciones con las Comunidades Asturianas (Anexo I)
- Direcciones de los Centros Asturianos en el Extranjero (Anexo
VI)
B.- Programa de apoyo a las Colectividades
Asturianas
1. Para el desarrollo de actividades
culturales e infraestructuras.
El objetivo de este programa es subvencionar
a Colectividades Asturianas ubicadas fuera y/o dentro del territorio
español para programas de actividades culturales, y el desarrollo
de proyectos de inversión.
¿Qué tipos
de subvenciones hay?
1. Subvenciones a las Comunidades
Asturianas radicadas dentro del territorio español para la
realización de actividades de difusión e impulso de
la cultura asturiana.
2. Subvenciones a las Comunidades
Asturianas radicadas fuera del territorio español para la
realización de actividades de difusión e impulso de
la cultura asturiana.
3. Subvenciones a las Comunidades
Asturianas radicadas dentro del territorio español para la
realización de inversiones, equipamientos e infraestructuras.
4. Subvenciones a las Comunidades
Asturianas radicadas fuera del territorio español para la
realización de inversiones de infraestructuras.
¿Dónde
debo dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Oficina de Relaciones con las Comunidades Asturianas (Anexo I)
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