Lunes, 6 de octubre de 2008
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III. OTROS TIPOS DE AYUDAS DEL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Existen otros tipos de ayudas dirigidas a conceder prestaciones económicas a personas en situaciones de reconocida necesidad.


A.- CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

1. Destinadas a personas mayores.

Su finalidad es promover el acceso a determinadas prestaciones técnicas para las personas mayores mediante la concesión de ayudas económicas que potencien la permanencia en su medio habitual de vida o en un entorno adecuado.
- Para la rehabilitación
- Para el desenvolvimiento personal.
- Para eliminación de barreras arquitectónicas.
- Para aumentar la capacidad de desplazamiento.
- Para la adaptación funcional del hogar.

¿Quiénes pueden solicitarla?
- Los mayores de 65 años, que además:
- Residan en el Principado de Asturias y estén empadronados en alguno de sus Concejos (los que no tengan la nacionalidad española, deberán tener el permiso de residencia).
- No hayan recibido ayuda de otra entidad pública o privada.
- Los ingresos de la unidad familiar sean inferiores a lo indicado en cada convocatoria.

2. Destinadas a personas con discapacidad
Su finalidad es la concesión de ayudas económicas destinadas a atender las necesidades de las personas con discapacidad física, psíquica y sensorial, facilitándoles el acceso a prestaciones y servicios que mejoren su calidad de vida y su integración en el entorno.
- Para la rehabilitación.
- Para el desenvolvimiento personal
- Para eliminación de barreras arquitectónicas.
- Para la adaptación funcional del hogar.
- Para aumentar la capacidad de desplazamiento.
- Para recursos y servicios de atención especializada.
- Para centros residenciales.
- Para alojamientos de fin de semana.
- Para recuperación profesional
- Para transporte.
- Para asistencia bucodental.

¿Quiénes pueden solicitarla?
- Los menores de 65 años, que además:
- Tengan reconocida la condición de minusvalía
- Residan en el Principado de Asturias y estén empadronados en alguno de sus Concejos (los que no tengan la nacionalidad española, deberán tener el permiso de residencia).
- No hayan recibido ayuda de otra entidad pública o privada.
- No tengan derecho a servicios gratuitos que cubran los mismos supuestos y necesidades que los que motivan esta ayuda, que es de carácter complementario.


3. Para el acogimiento familiar de personas mayores.

Su finalidad es la concesión de ayudas económicas para facilitar el alojamiento y cuidados familiares ordinarios a las personas mayores que, careciendo de hogar adaptado a sus características, opten por vivir con un grupo familiar adecuado.

¿Quiénes pueden solicitarla?
- Los españoles/as mayores de 65 años que hayan residido de forma continuada 2 años en Asturias, que además:
- No tengan parentesco o afinidad con la familia de acogida.
- Reúnan las características personales exigidas en la convocatoria.
- Tengan ingresos anuales inferiores a lo que marque la convocatoria.


4. Para el acogimiento familiar de menores.

Para favorecer la no-permanencia de los menores en instituciones y favorecer el acogimiento o la guarda mediante la satisfacción de las necesidades generales ( cuidado, alimentación, educación, vivienda y transporte) del grupo familiar.

¿Quiénes pueden solicitarla?
- Aquellos que residan en el Principado de Asturias (excepcionalmente, se pueden conceder a personas que residan fuera sí reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria).


5. Para la protección social y económica de familias, menores y jóvenes.

Para la concesión de ayudas a personas físicas, con la finalidad de proteger económicamente a las familias, menores y jóvenes.

¿Quiénes pueden solicitarla?
- Aquellos que residan en el Principado de Asturias (excepcionalmente, se pueden conceder a personas que residan fuera si reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria).

¿Dónde debo dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)



B.- CONSEJERÍA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DE EMPLEO

1. Subvenciones para el apoyo al empleo autónomo

Para regular la concesión de subvenciones que promuevan y ayuden a financiar proyectos de personas desempleadas para que se establezcan como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia.

¿Quiénes pueden solicitarla?
Las personas desempleadas que se establezcan como trabajadoras/es por cuenta propia, para desarrollar su actividad en el Principado de Asturias por un periodo mínimo de dos años.


2. Subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo por cuenta ajena.

Para regular la concesión de subvenciones a empresas privadas que realicen contrataciones o conversiones de contratos temporales en indefinidos.

¿Quiénes pueden solicitarla?
Las personas físicas o jurídicas de carácter privado que contraten a trabajadores/as para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.

3. Subvenciones para el apoyo a empresas de economía social.

Para establecerlas bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas dirigidas al apoyo del empleo en cooperativas y sociedades laborales.

¿Quiénes pueden solicitarla?
- Cooperativas y sociedades laborales.
- Actividades de formación, difusión y fomento de la economía social.
- Actividades de las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales.


4. Subvenciones para la creación de empleo por reparto negociado del tiempo de trabajo.

Regulan la concesión de subvenciones de empresa privadas que realicen contrataciones indefinidas, a tiempo completo o parcial en el ámbito de la empresa sobre reparto del tiempo de trabajo.

¿Quiénes pueden solicitarla?
Las empresas privadas cualesquiera que sea su forma jurídica, que contraten a trabajadores/as para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.


5. Subvenciones para el fomento de empleo en entidades sin ánimo de lucro.

La promoción y el apoyo al funcionamiento de las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones a tiempo completo o parcial.

¿Quiénes pueden solicitarla?
Las entidades sin ánimo de lucro inscritas en su caso, en el registro correspondiente, que tengan proyectos de interés social y que realicen contrataciones para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias

¿Dónde debo dirigirme?
- Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo. Dirección General de Promoción de empleo. (Anexo I)
- Oficinas de Información del Gobierno del Principado de Asturias (Anexo I)

 

 

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P. Presentación I. La nacionalidad española II. Plan de Emigración del Gobierno 
del Principado de Asturias 2001-2003 III. Otros tipos de Ayudas 
del Gobierno del Principado de Asturias IV. Trámites anteriores al retorno V. Repatriación VI. Trámites posteriores al retorno VII. Otras prestaciones destinadas a la emigración VIII. Pensiones IX. Alojamientos residenciales para mayores 
fuera del Principado de Asturias AI. Anexo I AII. Anexo II III. Anexo III AIV. Anexo IV AV. Anexo V AVI. Anexo VI AVII. Anexo VII X. Sanidad XI. Desempleo XIII. Fuerzas Armadas XII. Educación XIV. La moneda oficial: el Euro