III. OTROS TIPOS DE AYUDAS DEL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Existen otros tipos de ayudas dirigidas a conceder
prestaciones económicas a personas en situaciones de reconocida
necesidad.
A.- CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES
1. Destinadas a personas mayores.
Su finalidad es promover el acceso a determinadas
prestaciones técnicas para las personas mayores mediante
la concesión de ayudas económicas que potencien
la permanencia en su medio habitual de vida o en un entorno adecuado.
- Para la rehabilitación
- Para el desenvolvimiento personal.
- Para eliminación de barreras arquitectónicas.
- Para aumentar la capacidad de desplazamiento.
- Para la adaptación funcional del hogar.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Los mayores de 65 años, que además:
- Residan en el Principado de Asturias y estén empadronados
en alguno de sus Concejos (los que no tengan la nacionalidad española,
deberán tener el permiso de residencia).
- No hayan recibido ayuda de otra entidad pública o privada.
- Los ingresos de la unidad familiar sean inferiores a lo indicado
en cada convocatoria.
2. Destinadas a personas con discapacidad
Su finalidad es la concesión de ayudas económicas
destinadas a atender las necesidades de las personas con discapacidad
física, psíquica y sensorial, facilitándoles
el acceso a prestaciones y servicios que mejoren su calidad de
vida y su integración en el entorno.
- Para la rehabilitación.
- Para el desenvolvimiento personal
- Para eliminación de barreras arquitectónicas.
- Para la adaptación funcional del hogar.
- Para aumentar la capacidad de desplazamiento.
- Para recursos y servicios de atención especializada.
- Para centros residenciales.
- Para alojamientos de fin de semana.
- Para recuperación profesional
- Para transporte.
- Para asistencia bucodental.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Los menores de 65 años, que además:
- Tengan reconocida la condición de minusvalía
- Residan en el Principado de Asturias y estén empadronados
en alguno de sus Concejos (los que no tengan la nacionalidad española,
deberán tener el permiso de residencia).
- No hayan recibido ayuda de otra entidad pública o privada.
- No tengan derecho a servicios gratuitos que cubran los mismos
supuestos y necesidades que los que motivan esta ayuda, que es
de carácter complementario.
3. Para el acogimiento familiar de personas mayores.
Su finalidad es la concesión de ayudas
económicas para facilitar el alojamiento y cuidados familiares
ordinarios a las personas mayores que, careciendo de hogar adaptado
a sus características, opten por vivir con un grupo familiar
adecuado.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Los españoles/as mayores de 65 años que hayan
residido de forma continuada 2 años en Asturias, que además:
- No tengan parentesco o afinidad con la familia de acogida.
- Reúnan las características personales exigidas
en la convocatoria.
- Tengan ingresos anuales inferiores a lo que marque la convocatoria.
4. Para el acogimiento familiar de menores.
Para favorecer la no-permanencia de los menores
en instituciones y favorecer el acogimiento o la guarda mediante
la satisfacción de las necesidades generales ( cuidado,
alimentación, educación, vivienda y transporte)
del grupo familiar.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Aquellos que residan en el Principado de Asturias (excepcionalmente,
se pueden conceder a personas que residan fuera sí reúnen
los requisitos exigidos en la convocatoria).
5. Para la protección social
y económica de familias, menores y jóvenes.
Para la concesión de ayudas a personas físicas,
con la finalidad de proteger económicamente a las familias,
menores y jóvenes.
¿Quiénes pueden solicitarla?
- Aquellos que residan en el Principado de Asturias (excepcionalmente,
se pueden conceder a personas que residan fuera si reúnen
los requisitos exigidos en la convocatoria).
¿Dónde
debo dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
B.- CONSEJERÍA DE TRABAJO Y
PROMOCIÓN DE EMPLEO
1. Subvenciones
para el apoyo al empleo autónomo
Para regular la concesión de subvenciones que promuevan
y ayuden a financiar proyectos de personas desempleadas para que
se establezcan como trabajadores/as autónomos/as o por
cuenta propia.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
Las personas desempleadas que se establezcan como trabajadoras/es
por cuenta propia, para desarrollar su actividad en el Principado
de Asturias por un periodo mínimo de dos años.
2. Subvenciones para el fomento y
el mantenimiento del empleo por cuenta ajena.
Para regular la concesión de subvenciones a empresas
privadas que realicen contrataciones o conversiones de contratos
temporales en indefinidos.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
Las personas físicas o jurídicas de carácter
privado que contraten a trabajadores/as para prestar servicios
en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
3.
Subvenciones para el apoyo a empresas de economía social.
Para establecerlas bases reguladoras para la concesión
de ayudas y subvenciones públicas dirigidas al apoyo del
empleo en cooperativas y sociedades laborales.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
- Cooperativas y sociedades laborales.
- Actividades de formación, difusión y fomento de
la economía social.
- Actividades de las entidades asociativas de cooperativas y sociedades
laborales.
4. Subvenciones para la creación
de empleo por reparto negociado del tiempo de trabajo.
Regulan la concesión de subvenciones
de empresa privadas que realicen contrataciones indefinidas, a
tiempo completo o parcial en el ámbito de la empresa sobre
reparto del tiempo de trabajo.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
Las empresas privadas cualesquiera que sea su forma jurídica,
que contraten a trabajadores/as para prestar servicios en centros
de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
5. Subvenciones para el fomento de empleo en entidades sin ánimo
de lucro.
La promoción y el apoyo
al funcionamiento de las entidades sin ánimo de lucro que
realicen contrataciones a tiempo completo o parcial.
¿Quiénes
pueden solicitarla?
Las entidades sin ánimo de lucro inscritas en su
caso, en el registro correspondiente, que tengan proyectos de
interés social y que realicen contrataciones para prestar
servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de
Asturias
¿Dónde
debo dirigirme?
- Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo. Dirección
General de Promoción de empleo. (Anexo I)
- Oficinas de Información del Gobierno del Principado de
Asturias (Anexo I)