Lunes, 6 de octubre de 2008
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IV: TRAMITES ANTERIORES AL RETORNO


Cuando el emigrante y su familia quieren retornar a España pueden encontrarse con problemas y situaciones diversas, por ello es importante que sean informados sobre los trámites que deben realizar.

1. ¿Cómo puedo obtener el Pasaporte?

Es un documento que acredita la identidad del titular y debe ser expedido de manera individual para cada una de las personas mayores de 14 años.
Los hijos/as o tutelados menores de 14 años podrán figurar incluidos en el pasaporte que se expida a nombre del padre, madre o tutor legal, no pudiendo hacer uso si el titular no les acompaña.


¿Qué tengo que hacer?

- Realizar la inscripción de nacimiento, o de adquisición, o recuperación de la nacionalidad, en el Registro Civil.

¿Qué documentos tengo que presentar?

- Los mayores de edad:
- DNI en vigor
- Dos fotografías
- Si se incluyen hijos menores de 14 años, presentar el Libro de Familia o la certificación literal de inscripción de nacimiento, no siendo necesaria la presencia del menor.
- Los menores de edad:
- DNI (a partir de los 14 años)
- Dos fotografías
- La autorización de una de las personas que ostenten la patria potestad por comparecencia en la oficina expedidora, oficina consular o en cualquier otra dependencia de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Notario, Juzgado o Alcalde, previa presentación del DNI.
- Para los menores de 14 años que ya posean DNI pueden optar por presentar el suyo, o el del padre, madre o tutor.
- Libro de familia o certificación literal de la inscripción de nacimiento.

(La presencia física del solicitante es imprescindible en todos los casos, aunque se trate de menores de corta edad, salvo cuando sean incluidos en el pasaporte de sus padres o tutores).


2.- ¿ Cómo puedo obtener la Baja Consular?

Los españoles/as que trasladen su residencia a España con el propósito de fijar en ella su residencia deberán solicitar la baja definitiva de la Oficina Consular o de la Sección Consular de la misión diplomática correspondiente. La obtención de la baja en el Registro de Matrícula implicará la pérdida de la condición de residente en el extranjero

¿Qué tengo que hacer?
Acudir personalmente a la Oficina Consular provisto de su pasaporte en vigencia. La baja expedida por el Consulado deberá ser presentada en el Municipio español donde vaya a fijar su residencia.

¿Dónde debo dirigirme?
- Oficinas Consulares correspondientes: en el Anexo III.


3. ¿ Cómo puedo obtener documentos Acreditativos de la Actividad Laboral?

Para acceder a las diversas prestaciones básicas previstas por la legislación española en el ámbito laboral, los emigrantes y sus familiares españoles que se instalen en España, deberán acreditar documentalmente que han realizado en el extranjero, desde su última salida de España, una actividad laboral por cuenta propia o ajena.


¿Dónde debo dirigirme?
- Oficinas de Información del Gobierno del Principado de Asturias (Anexo I)
- Direcciones y teléfonos de Oficinas Consulares (Anexo III)

Es conveniente que los trabajadores/as españoles en los países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo y Australia obtengan, antes de su retorno, el correspondiente certificado de la Seguridad Social que acredite los periodos de cotización, seguro o empleo, y las prestaciones por desempleo que hayan recibido en estos países.


2. ¿Cómo puedo beneficiarme de descuentos en Viajes de Retorno?

Los emigrantes españoles y sus familiares, que retornen definitivamente a España, podrán solicitar billetes aéreos con precio reducido.

¿Dónde debo dirigirme?
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Direcciones de Embajadas y Consulados (Anexo III)


3 . ¿Qué debo hacer para solicitar la importación con Franquicia?

Los emigrantes retornados que sean titulares de bienes y efectos personales, podrán solicitar la importación de éstos con franquicia por traslado de residencia.

¿Qué debo hacer para el traslado de mobiliario y efectos personales?
- Los que provienen de países de la Unión Europea: no están sujetos a trámites aduaneros.
- Los que proceden de países no comunitarios: deben solicitar la importación con franquicia de derechos e impuestos ante la Aduana Española.

¿Qué bienes puedo traer?
- Los destinados al uso personal (provisiones, ajuar doméstico, mobiliario, bicicletas, motocicletas, automóviles de uso privado y sus remolques, si no son vehículos comerciales o industriales, así como caravanas de camping, embarcaciones de recreo de uso privado y camiones de turismo de uso privado).
- Los instrumentos portátiles necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio y los animales domésticos que convivan en el hogar.
- Automóviles (podrá solicitar franquicia si ha sido usado por el interesado en un plazo no inferior a 6 meses).

¿Dónde debo dirigirme?
- Dirección General de Tráfico (Anexo II)
- RACE (Anexo VII)
- Administración de Aduanas e Impuestos Especiales. Dependencia Regional de Asturias
(Anexo II)

 

 

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P. Presentación I. La nacionalidad española II. Plan de Emigración del Gobierno 
del Principado de Asturias 2001-2003 III. Otros tipos de Ayudas 
del Gobierno del Principado de Asturias IV. Trámites anteriores al retorno V. Repatriación VI. Trámites posteriores al retorno VII. Otras prestaciones destinadas a la emigración VIII. Pensiones IX. Alojamientos residenciales para mayores 
fuera del Principado de Asturias AI. Anexo I AII. Anexo II III. Anexo III AIV. Anexo IV AV. Anexo V AVI. Anexo VI AVII. Anexo VII X. Sanidad XI. Desempleo XIII. Fuerzas Armadas XII. Educación XIV. La moneda oficial: el Euro