IX: ALOJAMIENTOS RESIDENCIALES PARA
MAYORES FUERA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
1. Residencias para personas mayores dependientes
del Gobierno Central.
Son centros de convivencia, cuya misión
es proporcionar atención permanente e integral.
¿En qué consisten?
- En ofrecer servicios de alojamiento, manutención, atención
médica y socio-sanitarios.
¿Qué tipos de residencias
hay?
- Públicas: dependen del Instituto de Migraciones y Servicios
Sociales (IMSERSO), o de la Administración Autonómica
o Local.
- Privadas: dependen de otros Organismos y Entidades (como Cáritas
u Ordenes religiosas). Para acceder a ellas se exigen una serie
de requisitos y condiciones que varían según el
centro.
¿Dónde debo dirigirme?
- IMSERSO (Anexo II)
- Consejería de Asuntos Sociales (Anexo I)
- Dirección General de Ordenación de las Migraciones(Anexo
II)
- Direcciones de Consejerías Laborales en el extranjero
( Anexo IV)
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Sección de Emigración. (Anexo II)
2. Residencias dependientes directamente
de otras Comunidades Autónomas
Son residencias que acogen a los españoles emigrantes
que desean retornar a la Comunidad Autónoma de origen.
¿Quiénes pueden solicitarlas?
- Los mayores de 65 años (en algunos casos, 60)
- Los residentes en esa Comunidad Autónoma durante un tiempo
determinado (entre 1 y 5 años). En
el caso de españoles emigrantes, basta con ser originario
de dicha Comunidad.
¿Dónde debo dirigirme?
Consejería de Servicios Sociales (Anexo I)
- Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (E.R.A.)
(Anexo I)
- Embajadas y Consulados españoles ( Anexo III)